AIRD y DGTT acuerdan medidas para el tránsito de vehículos de doble enganche (Dolly)

AIRD y DGTT acuerdan medidas para el tránsito de vehículos de doble enganche (Dolly)
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La Asociación de Industrias de la República Dominicana, Inc. (AIRD) y la Dirección General de Tránsito Terrestre (DGTT) del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), acordaron una serie de disposiciones reglamentarias para el tránsito de los vehículos de doble enganche (Dolly), luego de ser consensuadas en reunión efectuada en nuestra sede con la participación del Director General de la DGTT, Lic. Luis Estrella y los miembros de la Comisión de Transporte de la AIRD. A continuación pasamos a detallar el contenido de dichas disposiciones:

1. El transporte debe ser un tráiler cerrado y en óptimas condiciones, salvo excepciones previamente autorizadas de vehículos de plataforma, tomando todas las medidas de seguridad de la carga.

2. La velocidad máxima de circulación no debe exceder los 70 km/h.

3. Se debe conducir siempre por el carril de la derecha.

4. Prohibido el paso por los centros urbanos de las ciudades, salvo el caso que la vía de tránsito posea más de dos carriles en un sentido de circulación, con excepción de casos previamente autorizados.

5. Transitar siempre con las luces encendidas.

6. El tráiler y el remolque debe poseer bandas reflectivas en la parte lateral y trasera, en todo el perímetro.

7. Los conductores deben poseer licencia de 4ta. Categoría.

8. La DGTT autorizará la circulación de dichos vehículos en todo el territorio nacional, estableciendo en el permiso las rutas a transitar, puntualizando aquellas vías que por algún riesgo sólo pueden ser transitadas en un horario específico.

9. Los vehículos deberán poseer todos los dispositivos de seguridad necesarios.

10. Se debe utilizar un Marbete o Sticker adherido al cristal delantero del vehículo y dentro del mismo llevar el permiso plastificado.

11. El incumplimiento de las disposiciones anteriores deja sin efecto automáticamente el permiso.

12. Copia de los permisos deberán ser remitidos a la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) y a la Comisión Policial y Militar del MOPC.

 

Para acceder al contenido íntegro de estas disposiciones, favor visitar el siguiente enlace: http://goo.gl/cJacJp 

 

 

Publicado por AIRD
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