AMET dispone la fiscalización de vehículos pesados que transiten con doble cola
La Asociación de Industrias de la República Dominicana mostró su sorpresa y a la vez preocupación en torno a la medida, sin previo aviso, que está implementando la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) que dispone la prohibición del tránsito de vehículos pesados con doble cola, basándose en los artículos 170-171 y 172 de la ley 241-67 de Tránsito de Vehículos.
De acuerdo a informaciones recibidas de sus empresas asociadas, ya dicha medida tomada sin previo aviso, comenzó a aplicarse desde el jueves pasado, disponiéndose la detención y en algunos casos la incautación de los vehículos de carga que transitan por las distintas vías del país, la colocación de multas, el decomiso de la licencia de los choferes, aún disponiendo las empresas de permisos emitidos por la Dirección General de Tránsito Terrestre del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Los artículos de la ley de tránsito en los que AMET dice basarse para tomar la medida, tratan sobre las dimensiones y pesos máximos de los vehículos pesados que transitan por la vía pública, cuya aplicación está regulada por el Reglamento No. 156 sobre las Dimensiones, Peso y Carga de los Vehículos, emitido en el año 1970, el cual se encuentra obsoleto y desactualizado y actualmente se encuentra en proceso de revisión en el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
La AIRD solicitó al nuevo Director de la AMET de suspender la decisión y le exhortó a esperar que concluya la actualización de este reglamento antes de prohibir el tránsito de este tipo de vehículos de carga por la vía pública para evitar que se convierta en un caos el transporte de mercancías desde los proveedores, al comercio y a los consumidores.
Ante la solicitud de la AIRD, El Director de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET), dijo que en los próximos días convocará una reunión con representantes de la Asociación de Industrias de la República Dominicana y el Ministerio de Obras Pública para buscar una solución satisfactoria para todas las partes; mientras tanto sigue en vigencia la disposición de la AMET.
Finalmente, recomendamos que en caso de tener cualquier observación o duda sobre la presente disposición de la AMET, pueden remitírnosla a la Gerencia Técnica de la AIRD, a través del correo sburgos@aird.org.do; o por vía telefónica al 809-472-0000 ext. 23.