Contrato de rayos X en Aduanas es Inconstitucional e inadmisible
Dice se duplican costos de este proceso que es parte del comercio exterior y no hay ningún beneficio
La Asociación de Industrias de la República Dominicana consideró que la aplicación del contrato de instalación de máquinas de rayos X en los puertos dominicanos no sólo es innecesaria, sino que además se visualiza como inconstitucional y se torna inadmisible sobre todo en momentos en que el Senado de la República escucha a diversos sectores sobre el modo de hacer más competitiva la economía dominicana y de garantizar la seguridad jurídica a las inversiones.
Ligia Bonetti afirmó que los costos directos de esta tecnología lo pagarían los empresarios, restando competitividad a nuestras empresas y a nuestros puertos, y por ende podría afectar significativamente los ingresos estatales.
"Algunos se empeñan en dañar la imagen del sector empresarial y se atreven a considerar que nos oponemos a los Rayos X porque de instalarse se evitarían actividades ilícitas. Eso es totalmente falso. AMCHAMDR, AIRD, CONEP, ADOZONA, ADOEXPO, ANJE, ANRD, ASIEX y otras asociaciones estamos de acuerdo con que el país se puede beneficiar con una tecnología avanzada de imagen en los puertos, pero los equipos deben ser operados por las autoridades gubernamentales competentes (DGA), sin costo adicional por el servicio y no servir como un medio para un monopolio privado extraer beneficios por cobro de tasas exorbitantes y, además, no deben implicar una carga que reste competitividad a nuestros sectores productivos", expresó Bonetti.
Dijo que corresponde a Aduanas conservar el control de la inspección de la carga conjuntamente con la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y demás agencias gubernamentales bajo un esquema de gestión de análisis de riesgo, como contempla el marco normativo de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), incluido en el Convenio de Kyoto, que fue revisado y promulgado por el Congreso Nacional.
Pidió dar continuidad al acuerdo que existe entre las aduanas dominicanas y de Estados Unidos mediante el programa de la Iniciativa de Seguridad de Contenedores (CSI, siglas en inglés), ya que ese programa sí cumple una función válida aduanal para el país y por lo cual no se cobra a los importadores y exportadores.
"Desde el inicio el sector privado ha estado en contra de este contrato inconstitucional. Independientemente de cómo pudo haber sido obtenido, al establecer un monopolio para una empresa privada, viola nuestra Constitución. Además, establece precios exorbitantes para servicios relacionados con el flujo de comercio que no tienen como base los costos de los mismos, de modo que viola el GATT, DRCAFTA y el acuerdo de Kioto", explicó.
Bonetti indicó que tampoco supone una ventaja en el comercio con, por ejemplo, Estados Unidos, ya que el examen de los contenedores no dará ningún tratamiento preferencial ni expedito porque Estados Unidos no reconoce a esta empresa como una entidad calificada por ese Estado para realizar este tipo de servicios. "Es decir, pagaríamos un precio alto a cambio de ningún beneficio", dijo.