Obligaciones societarias de las empresas: Ley No. 479-08

Obligaciones societarias de las empresas: Ley No. 479-08
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La AIRD, con el fin de mantener informada a su membresía sobre temas de interés para el sector productivo nacional, les recuerda que de conformidad con la Ley General No. 479-08 de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, las empresas organizadas conforme a las leyes de la República Dominicana le es requerido anualmente, luego de transcurridos los 120 días al cierre del año fiscal, la celebración de la Asamblea General Ordinaria Anual. Esta asamblea tiene como objeto conocer y pronunciarse sobre los siguientes asuntos:

  • La aprobación de los estados financieros, cuentas anuales y la distribución total o parcial de los beneficios acumulados;
  • El nombramiento y la revocación de los gerentes, administradores, de los comisarios de cuentas (si los hubiere) así como el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra cualquiera de ellos;  
  • La autorización a los gerentes para el ejercicio, por cuenta propia o ajena, de actividades concurrentes con el objeto social o de convenios a través de los cuales obtengan un beneficio personal directo o indirecto.
  • Fijar las retribuciones a los miembros del consejo de administración y los comisarios, si no están determinadas en los estatutos;
  • Resolver sobre la aplicación de los resultados del ejercicio social;
  • Nombrar los auditores externos.

En ese sentido, para la celebración efectiva de la misma deberá cumplirse con las reglas de convocatoria, quórum y toma de decisiones establecidas por Ley y los Estatutos Sociales de la Empresa. 

Publicado por AIRD
Es la organización empresarial más grande y representativa del sector industrial en la República Dominicana, que agrupa a más de 200 empresas y asociaciones regionales y sectoriales de la industria en todo el territorio nacional.

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